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Copyrigh.: Derechos de Autor de todos los artículos reservados a nombre de Esmeralda E. Orozco C.
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¡HAGAMOS PATRIA!
             Propongamos una ley de Protección al Pequeño Comerciante
 
Como buenos ciudadanos, cada uno de nosotros está en la obligación de aportar valiosas ideas que contribuyan a la equidad y justicia social, así como al bienestar de cada uno de los Venezolanos.
            Es por ello, que en esta oportunidad decidí escribir sobre la imperiosa necesidad que existe en nuestra sociedad, de la promulgación de una Ley de Protección al Pequeño y Mediano Comerciante.
            El pequeño Comerciante, por lo general surgió del sueno de su fundador "de ser alguien en la vida”.   Posterior al ahorro día a día, o por sus prestaciones sociales o de la venta de algún activo de cierta importancia, como vehículos, terrenos, etc.
            Jamás pudiéramos considerar a este pequeño comerciante, como el poseedor de riquezas, mas bien debiéramos considerarte como una persona o un grupo de personas que desean mantener o subir de estatus socio económico para la manutención de sus hijos. En la economía impuesta por la cuarta República, el pequeño comerciante fue rezagado por el gran comerciante y por la banca privada
El o los propietarios de estas pequeñas empresas, que generan u, por lo general trabajan solos, sin la ayuda de empleados, ya que sus ventas no son suficientes. Eses exceso de trabajo genera cansancio, enfermedades ocupacionales stress, entre otras.
            ¡Veamos pues!, que la mayoría de los pequeños comerciantes son personas mayores,que aun no han adquirido pensión alguna de ningún organismo, o son madressolteras o divorciadas, que para poder tener un ingreso consoné al ritmo de vidaque exige la manutención de su hijos, tuvieron que reunir dinero durante su vida o vender susbienes, para impulsar un pequeño negocio que le permitiera ganar un poco mas queun sueldo mínimo. Entonces ¿Por qué la exclusión de una Ley que nos proteja yles permita prosperar?, si también somos parte de la sociedad.
             En el Art.22 Parágrafo primera de la Ley del I.S.L.R., se excluye de las deducciones admisibles para el calculo de la Renta Bruta las remuneraciones efectuadas al contribuyente, conyugue descendientes, etc.   Señores, recapacitemos, en una pequeña empresa estos egresos TAMBIÉN SON SUELDOS o ¿Acaso el propietario de una pequeña empresa, no es el que mas trabaja?, los invitó a la panadería de la esquina o al fotocopiado de la otra cuadra o a .la__peluquería del mini centro comercial y les aseguro que al primero que ustedes ven trabajando corno un 'Esclavo" por mas de 12 horas, es al dueño de la empresa y a sus familiares. Por si fuera poco, Parágrafo N° 2 , del mismo articulo, solo se reconoce el 15% de tos Ingresos como gasto por estos conceptos.
            En esa Ley, claramente los legisladores soto contemplaron la realidad de las grandes empresas, sin importar el perjuicio causado al pequeño comerciante.
            Es de entenderse que tos Ingresos por ventas de las pequeñas empresas de las cuales estamos hablando pocas veces rebasan en su periodo contable el total de las U.T. necesarias para considerarse como Contribuyentes Formales. En la Ley del IVA por lo que estamos hablando de 'Ingresos por ventas bajos" inferiores a 10000 UT Bs. 37.630.000 al año, autorizándosele un sueldo "Familiar" inferior Bs. 5.500.000 al año es decir menos Bs. 500.000 mensuales Esto sin considerar que no hay cesta ticket, ni prestaciones sociales, ni vacaciones, ni utilidades, ni la más remota posibilidad de una Pensión a la Vejez".
            Aunado a eso, en nuestra sociedad, vemos diariamente que prolifera el crecimiento de estas mini empresas, en consecuencia al constante desempleo y otro factores como lo es el ingreso per cápita del venezolano, y dicha proliferación se explaya por todas partes, sin obedecer al cumplimiento de una Ley que permita el respeto justo a los otros pequeños comerciantes ya establecidos así como la debida delimitación de! índole comercial del nuevo comerciante por zona o ubicación,
            Aquel pequeño comerciante, que ya está establecido y con una clientela recurrente, ganada por su propio esfuerzo, sufre pérdidas significativas, cuando en el loca! de al lado o a una cuadra del de él, montan un negocio con índole comercial igual o similar al que él tiene.
            Se da el caso en Maracaibo, que a los seis meses máximos de empprender un pequeño negocio: “Queseras, Centros de Copiado, Tintorería, Panadería, o cualquier otro del tamaño de los negocios que estamos hablando, le montan otro negocio similar al lado o a pocos metros de distancia del tuyo.
            La respuesta al no existir leyes reguladoras, de parte del recién llegado es "En la viña del Señor hay para todos" ó "Si a ti té va bien, a mi también me ira bien",
Reflexionemos al respecto, esto no puede ser, debe existir entes reguladores, ya que los dueños de esos negocios pre establecidos, tan bien son padres y madres de familia, cuya economía se debe proteger.
            Como comerciante, contador y profesional que soy, y que me desempeño en las diversas áreas financieras, opino que no puede ser justo que el fruto del trabajo del comerciante pre-existente, "Punto Comerciar, sea adquirido sin costo alguno, ni sacrificio por el recién llegado Cuando de por sí, las ventas de estos negocios solo alcanzan para un sustento decente de sus propietarios o familiares.
            Está propuesta a la Asamblea Constituyente, la he visto desde las diferentes perspectivas sociales como lo son: asesoraron a mis clientes contables, en los diferentes comercios de la ciudad, como consumidor y en mi propio negocio.
            A sus muy gratas ordenes, les saluda
 
Esmeralda E. Orozco C,
Tlf.: Cel 0414074.14.23
Esmeraldaoroz15@hotmail.com
 
 
 
   
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